Ago 13 2009
Nuevo protocolo TAO y cirugía oral
Los pacientes con terapia anticoagulante (TAO) y que han de someterse a una exodoncia, según los protocolos actuales y salvo excepciones, no han de suspender el TAO (normalmente acenocumarol), siempre y cuando el INR de control esté entre 2 y 2.5.
El protocolo se complementa con la aplicación de ác. tranexámico después de la extracción.
Por lo general, el paciente presenta el último INR de su última analítica y si éste es adecuado se programa la exodoncia para otro dia, ya que además suele ser habitual realizar una profilaxis antiobiótica para la endocarditis bacteriana.
El problema es que, a veces, entre la fecha del último INR y la fecha de la extracción puede haber un intervalo de 7 a 21 dias.
Actualmente, se recomienda que 2-3 dias antes de la fecha programada para la exodoncia, el paciente acuda al Servicio de Control de TAO para comprobar que el nivel de anticoagulación (INR) está dentro del margen terapéutico adecuado (2-2.5) y, en ningún caso, es excesivo (>2.5).
De esta manera, se evita la posible realización de una exodoncia con un INR elevado, dado el frecuente intervalo de tiempo que transcurre entre el último índice de coagulación y la práctica de la extracción dentaria.
Además, después de la extracción, el único analgésico autorizado es el paracetamol.